viernes, 18 de marzo de 2011

En defensa del consumidor



(Artículo publicado en El Telégrafo el 18 de marzo de 2011)

Resulta interesante cómo el statu quo y la tropicalidad han calado en la estructura misma de la sociedad y han desamparado al ciudadano medio. Por más de que podamos ser conscientes del abuso y las imposiciones, el sentido de indefensión se presenta tan apabullante que la resignación, el “es que así mismo es”, termina por ser parte de nuestro diario vivir. El abuso parece llegar por todas partes: desde arriba, desde los mandos medios, desde el servidor público, desde el servidor privado. Tanto es así, que es parte de la cotidianidad aceptar el abuso de las empresas. Exigimos calidad, pero nos resignamos con lo que se encuentra; exigimos buenos precios, pero pagamos lo que marca; exigimos atención al consumidor, pero aceptamos como ley la respuesta que se nos da. 

Resulta más interesante aún ver cómo la industria privada se encrespa cada vez que se pretende regular el mercado. Clama libertad, se rasga las vestiduras, nos muestra sus arcas vacías, condena al Estado regulador  y manifiesta su compromiso con el país y una postura socialmente responsable. Censura, además, cualquier tipo de regulación y busca la manera de sobrepasar su responsabilidad a través de tecnicismos jurídicos. El perjudicado es el consumidor. Los perjudicados somos nosotros ante la imposibilidad de manifestarnos ante los abusos perceptibles y la imposibilidad de ser protegidos ante aquellos abusos que no son perceptibles. 

Los analistas económicos demandan libertades  que generen inversión, pero se olvidan de que, para generarla, es necesario también tener leyes que garanticen un ambiente de competencia. Los analistas económicos critican la desprolijidad en el manejo de la inflación, pero se olvidan de que la inflación también es generada a través de un mercado desregulado.    

Y cuando el consumidor pretende buscar los mecanismos que defiendan sus derechos, se topa con una Ley Orgánica de Defensa al Consumidor inaplicada y una Tribuna del Consumidor completamente ignorada. A esto se suma la inexistencia de una ley de competencia económica. Una ley que regule las prácticas monopólicas, los abusos de posición dominante en el mercado, los acuerdos restrictivos de la competencia y las concentraciones económicas anticompetitivas. Somos el único país en América del Sur que no posee una ley de competencia. Cuando exista esa ley, serán los empresarios los primeros en saltar. 

Esto resulta entendible si por muchos años estuvieron exentos de cualquier responsabilidad civil o moral ante la fijación de precios, la repartición de mercado y tantas otras prácticas que, en última estancia, terminan perjudicando al consumidor. Tanto es así, que la regulación de este modus operandi entra en vigencia a partir del Decreto Ejecutivo 1614 del año 2009 y la aplicación de la Resolución 608 de la Comunidad Andina donde, de manera bastante escueta, se determinan las leyes que regirán para proteger al mercado de cualquier accionar anticompetitivo. Esto en desmedro de unos limitadísimos artículos en la Ley de Propiedad intelectual, que parecían ser escritos por un abogado de transnacionales, para proteger a la industria del consumidor o para que nunca sean aplicados.

Con esto no quiero decir que toda la industria nacional está determinada únicamente a estafar al consumidor. Pero es evidente que las prácticas anticompetitivas son bastante extensas en el Ecuador. Lo que se busca a través de una ley de competencia no es perjudicar al productor. Tampoco es estrangular cualquier posibilidad de desarrollo económico. La ley debe buscar proteger al mercado. Proteger al mercado genera competencia y los mismos empresarios deben saber que una competencia justa genera economías sanas, donde tanto los grandes conglomerados como los pequeños productores puedan desarrollarse económicamente. Si se protege al mercado, se protege a la industria, se protege al consumidor y funciona la cosa. Mientras tanto, el consumidor seguirá siendo actor secundario en el accionar económico.

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